El Gobierno de la Ciudad denunció a la jueza que frenó la aplicación de la nueva ley penal juvenil

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El ministro de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, Gabino Mario Tapia, presentó una denuncia formal contra la jueza Laura Beatriz De Marinis por haber declarado inconstitucional el artículo 1° de la Ley 27.801, el nuevo Régimen Penal Juvenil, en un fallo que reavivó el debate sobre la responsabilidad penal de los menores y la autonomía judicial.

El miércoles 18 de septiembre de 2026, el Consejo de la Magistratura de la Ciudad recibió la denuncia de Tapia, quien argumentó que la decisión de la magistrada vulneró la separación de poderes al interpretar de forma unilateral una norma aprobada por la legislatura local en diciembre de 2025.

Laura Beatriz De Marinis, titular del Juzgado de Primera Instancia Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N° 3, había declarado inconstitucional el artículo 1° de la Ley 27.801 al considerar que la disposición imponía penas privativas de libertad a menores de 16 años sin garantizar el principio de proporcionalidad exigido por la Constitución porteña.

El caso que motivó la controversia involucró a un adolescente de 15 años acusado de hurto calificado en el barrio de Palermo; la jueza anuló la aplicación de la nueva pena de internación preventiva, citando precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El gobierno de la Ciudad, encabezado por la intendenta Verónica Balzarini, defendió la constitucionalidad del artículo 1° y señaló que la norma busca alinearse con los estándares internacionales de derechos humanos, particularmente con la Convención sobre los Derechos del Niño.

Organizaciones de la sociedad civil, como la Asociación de Defensa de los Derechos del Menor, aplaudaron la postura de la jueza, argumentando que la legislación penal juvenil aún carece de garantías suficientes para proteger a los adolescentes en proceso de reintegración.

El proceso ante el Consejo de la Magistratura se iniciará con la evaluación de la denuncia, que podría derivar en una sanción disciplinaria contra De Marinis o, en su caso, en la remoción del cargo, según lo establecido por la Ley 24.940 de Ética Judicial.




De acuerdo con información difundida por: C5N

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