
La Corte Suprema, en una decisión de urgencia emitida el 7 de octubre de 2026, anuló provisionalmente el artículo del DNU 70 que había eliminado la Ley de Tierras, restaurando de inmediato la prohibición de compra de extensiones agrícolas por parte de extranjeros y reavivando el debate sobre la soberanía alimentaria.
El pleno de la Corte, presidido por la ministra María José Diéguez, dictó una medida cautelar interina tras la solicitud presentada por la Comisión Nacional de Defensa de la Soberanía Territorial (CNDS) y varias provincias del interior, argumentando que la derogación vulneraba derechos constitucionales de propiedad y seguridad jurídica.
El DNU 70, firmado por el presidente Javier Milei el 15 de septiembre de 2026, pretendía eliminar la restricción establecida desde 1998 que limitaba la adquisición de tierras agrícolas a ciudadanos y empresas argentinas, con el objetivo de atraer inversión extranjera directa al sector agropecuario.
Sin embargo, la medida desencadenó protestas masivas en la provincia de Córdoba y en la región pampeana, donde sindicatos de trabajadores rurales y organizaciones agrarias denunciaron la posible pérdida de control sobre recursos estratégicos y el riesgo de concentración de la tierra en manos de fondos internacionales.
En la audiencia, la jueza Diéguez señaló que “el principio de protección del patrimonio nacional no puede ser vulnerado por decretos de urgencia sin el debido proceso legislativo”, y recordó precedentes de la Corte que habían invalidado normas que comprometían la soberanía territorial.
El fallo también ordenó al Ministerio de Economía que mantenga vigente la normativa anterior mientras se resuelve el fondo del conflicto, y estableció un plazo de 30 días para que el Poder Ejecutivo presente argumentos que justifiquen la constitucionalidad del DNU 70.
El presidente Milei, en un comunicado emitido desde la Casa Rosada, calificó la decisión como “un obstáculo a la modernización del campo argentino” y anunció que su gobierno revisará la medida cautelar, considerando la posibilidad de presentar un recurso de amparo ante la misma Corte.
Expertos en derecho agrario, como la profesora Ana Lucía Fernández de la Universidad de Buenos Aires, advierten que la suspensión del artículo podría generar incertidumbre en los mercados internacionales, afectando inversiones previstas en la zona de la cuenca del Río de la Plata.
Mientras tanto, organizaciones defensoras del medio ambiente y de los derechos de los pueblos originarios celebraron la decisión, argumentando que la restricción a la compra de tierras por extranjeros es una herramienta clave para prevenir la especulación y proteger la biodiversidad de los ecosistemas agrícolas.
De acuerdo con información difundida por: C5N
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