Axel Kicillof calificó de "infamia" el fallo de la Corte sobre la ley de tierras

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El gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, calificó de “infamia” la sentencia de la Corte Suprema que mantiene vigente el artículo 154 del DNU 70/2023, norma que elimina las restricciones a la compra de tierras rurales por extranjeros y que fue impulsada por el gobierno de Javier Milei.

El jueves 30 de mayo de 2024 la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en una votación de 5 a 2, confirmó la constitucionalidad del artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, manteniéndolo en vigor y, por ende, anulando la Ley de Tierras Rurales (Ley 27.442) que limitaba la adquisición de parcelas superiores a 1.000 hectáreas por personas o empresas extranjeras.

Promulgada el 12 de diciembre de 2023, la Ley de Tierras Rurales había sido una pieza clave de la política agraria argentina desde 2015, buscando evitar la concentración de la propiedad fundiaria y proteger la soberanía alimentaria del país frente a la creciente demanda de capitales internacionales.

El presidente Javier Milei, en su programa de “desbloqueo económico”, emitió el DNU 70/2023 el 5 de enero de 2024 con el objetivo de eliminar esas barreras y atraer inversión extranjera directa al sector agropecuario, argumentando que la medida dinamizaría la producción y generaría empleo en las provincias rurales.

En La Plata, Kicillof sostuvo una rueda de prensa el 1 de junio de 2024 y declaró que la decisión judicial constituye “una infamia que atenta contra la soberanía nacional y la defensa del campo”, señalando que la medida favorece a “grandes conglomerados extranjeros” en detrimento de los pequeños y medianos productores locales.

El diputado nacional de la Unión Cívica Radical, Martín López, acompañó la crítica de Kicillof y advirtió que la apertura total del mercado de tierras podría provocar una nueva ola de concentraciones fundiarias, citando datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) que indican que ya el 30 % de la superficie agrícola está en manos de diez grandes propietarios.

Expertos en derecho constitucional, como la profesora María Gómez de la Universidad de Buenos Aires, señalaron que la Corte basó su fallo en la interpretación de la cláusula de “orden público” del artículo 75, inciso 22, de la Constitución, aunque advirtieron que la polémica podría derivar en recursos de amparo y en un debate legislativo para modificar nuevamente la normativa de tierras.




De acuerdo con información difundida por: LETRA P

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