Frenan por 60 días el nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires

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Frenan por 60 días el nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires

Un juzgado bonaerense suspendió la aplicación de la Ley 27.801 tras advertir la falta de infraestructura para albergar a más menores de edad detenidos.

La Justicia bonaerense dispuso la suspensión preventiva por el término de 60 días del nuevo Régimen Penal Juvenil en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires. La resolución, firmada por la jueza Marta Elba Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, frena la puesta en marcha de la Ley 27.801 a solo dos días de su entrada en vigencia formal.

La medida cautelar colectiva responde a un planteo presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo en representación de adolescentes privados de su libertad. En su fallo, la magistrada concluyó que los institutos de menores provinciales carecen del equipamiento, las instalaciones y el personal especializado necesarios para contener el incremento de ingresos que derivará del nuevo marco normativo.

El eje central de la decisión judicial radica en el impacto directo que genera la legislación al rebajar los márgenes de punibilidad e incorporar a jóvenes de 14 y 15 años al circuito penal. De acuerdo con la evaluación del tribunal, la aplicación inmediata del texto legal acarrearía una sobrepoblación severa que vulneraría pactos internacionales de derechos humanos suscritos por la República Argentina.

"El Poder Judicial no puede esperar a que la violación de derechos se produzca para intervenir, cuando cuenta con elementos de juicio que hacen presumir razonablemente que ello sucederá", enfatizó la jueza Pascual al fundamentar la urgencia de la medida bajo el principio precautorio que rige en la tutela de la minoridad.

El diagnóstico trazado por el juzgado de Lomas de Zamora expone falencias estructurales de larga data en los dispositivos socioeducativos de la provincia. La resolución cita como antecedente la restricción de cupo dictada tiempo atrás para el Centro Socioeducativo de Lomas de Zamora, donde el tribunal fijó un límite estricto de 60 plazas debido a la imposibilidad de garantizar condiciones operativas mínimas.

Si bien el fallo reconoce mejoras recientes en la provisión de agua potable, servicios de alimentación y mantenimiento edilicio básico, remarca que esos avances resultan insuficientes frente a la demanda proyectada. La falta de talleres educativos, la escasez de programas de formación profesional y el uso prolongado del aislamiento como medida disciplinaria figuran entre los principales déficits constatados durante el relevamiento de los institutos.

La jueza subrayó que situaciones análogas se reproducen en las distintas sedes bajo la órbita del Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia (OPNYA). La incorporación de imputados de menor edad, sumada a la extensión de las escalas penales, provocaría un colapso en la capacidad operativa de los centros socioeducativos de régimen cerrado.

Un tramo destacado del dictamen judicial analiza las consecuencias que el deterioro de las condiciones de detención genera en la seguridad pública. La magistrada contrapuso las demandas sociales de mayor rigor punitivo con la efectividad real del encierro sin políticas socioeducativas de reinserción.

"Hacinar 'menores', tarde o temprano incrementa los niveles de inseguridad y violencia", advirtió la titular del Juzgado N° 2. La resolución señala que las deficiencias formativas y el hacinamiento dentro de los institutos condicionan la conducta de los jóvenes al momento de egresar y reintegrarse a sus comunidades.

"Aunque intuitivamente parezca que nada mejora más la pacificación social que la severidad del castigo, las condiciones de encierro determinan los niveles de violencia con los que egresarán esas personas en desarrollo una vez que hayan cumplido con su condena", argumentó la magistrada en el escrito.

El fallo remarca que el deber constitucional de protección encomendado al Estado exige resguardar tanto los derechos fundamentales de la masa juvenil privada de la libertad como la tranquilidad de la ciudadanía a la que esos adolescentes retornarán tras el cumplimiento de sus sanciones.

Junto a la paralización temporal del nuevo régimen, la resolución judicial dictó la citación obligatoria a las autoridades del Poder Ejecutivo bonaerense para que detallen el plan de adecuación presupuestaria e infraestructura previsto para dar cumplimiento a la ley.

La jueza fijó una audiencia presencial para el próximo 16 de septiembre a las 10:00 en la sala de juicios orales del tribunal de Lomas de Zamora. A dicho encuentro deberán asistir los titulares y representantes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio de Seguridad y el Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia.

Los funcionarios citados deberán presentar documentación que acredite las obras edilicias planificadas, la partida presupuestaria asignada, la incorporación de equipos interdisciplinarios y los plazos estipulados para garantizar que el sistema penal juvenil bonaerense alcance los estándares mínimos fijados por la Observación General N° 24 del Comité de los Derechos del Niño y las Reglas de La Habana y Beijing.




De acuerdo con información difundida por: C5N

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