
Avance clave para la reforma previsional en Entre Ríos tras emitirse dos dictámenes en el Senado
El oficialismo modificó el texto original tras la ronda de consultas y cuenta con los votos necesarios para sancionar la emergencia del sistema jubilatorio la próxima semana.
El proyecto de ley de reforma previsional enviado por el gobernador Rogelio Frigerio entró en su recta final en la Legislatura de Entre Ríos.
Con esta resolución, el expediente —caratulado formalmente bajo el nombre de ley de "Restauración del Equilibrio y Fortalecimiento del Sistema Previsional"— obtuvo el aval técnico necesario para ingresar formalmente al pleno de la Cámara alta este miércoles. Los bloques mayoritarios acordaron convocar a una sesión especial para la próxima semana, donde el oficialismo confía en hacer valer su mayoría ajustada en el recinto para otorgar la media sanción y girar el texto a la Cámara de Diputados provincial.
El debate de las comisiones parlamentarias, presidido en conjunto por los senadores Gustavo Vergara y Juan Pablo Cosso, estuvo signado por las negociaciones de último momento para atenuar el impacto social de la normativa. La reforma modifica de forma directa la Ley Nº 8.732, que regula el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, con el objetivo primordial de mitigar el abultado déficit estructural que arrastra la Caja de Jubilaciones de la administración pública provincial.
Los puntos centrales de la emergencia y el esquema de actualización automática
El impacto fiscal y el incremento de los aportes previsionales activos
La contrapropuesta del peronismo y el escenario en el recinto
Resumen de las modificaciones previsionales proyectadas
| Medida legislativa | Régimen vigente | Modificación propuesta por el oficialismo |
| Declaración de emergencia | No contempla estado de excepción | Plazo de 2 años prorrogable por el Ejecutivo |
| Aporte personal extraordinario | Sujeto a escalas ordinarias | Incremento del 3% sobre remuneración bruta de activos |
| Contribución patronal | Tasa básica provincial unificada | Aumento del 3% para sectores con déficit |
| Edad jubilatoria ordinaria | 60 años mujeres / 65 años hombres | Mantiene base con armonización automática a subas nacionales |
"La emergencia previsional es de orden público y alcanzará a los tres Poderes del Estado, organismos descentralizados y empresas públicas".
De acuerdo con información difundida por: LETRA P

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